No siempre podemos poner el coche de la empresa como gasto deducible. Para empezar, solo los representantes y agentes comerciales tienen derecho a deducirse íntegramente el coche como gasto y a deducirse el IVA. El resto de profesionales no puede hacerlo, aunque efectivamente hoy día, sin coche, no se puede trabajar.
Las normas para deducirse un coche, entendiendo como coche un turismo, son las siguientes:
- Para que un turismo tenga la consideración de vehículo de empresa, hay que anular los cristales laterales traseros, y pintar en los laterales del coche, poniendo el nombre de la empresa.
- Si le pagamos un vehículo a un empleado, hay dos tipos de gasto. El tiempo en que el empleado gasta el coche, en que tendremos el gasto de un activo, y el tiempo en que el empleado lo gasta para su uso personal, en que lo que tenemos es un gasto de personal, al que habrá que hacerle el correspondiente ingreso a cuenta. La suma de los dos gastos tiene que dar el gasto total del vehículo. Así que hay que prorratear el tiempo en que el empleado dispone del vehículo para trabajar y para su uso personal.
En cuanto a la forma de pagar el coche, la menos interesante es el leasing, debido a que con este sistema pagamos el IVA dos veces y solo nos la deducimos una. Un vehículo de 1.000.000 ptas., más IVA, cuesta 1.160.000, más el impuesto de matriculación si lo hay. Sobre esa cantidad de calcula el préstamo del leasing, al que se le vuelve a cargar el IVA de las cuotas del leasing. Este IVA de las cuotas es deducible, pero el IVA de la compra del vehículo no, pues ese va a nombre de la financiera.
En cuanto a poner a nombre de la empresa, un vehículo usado, habrá que tener en cuenta el coste del impuesto de transmisiones para turismo, pues igual nos salen más caros los impuestos, que la deducción.







