Welcome

Sunday, 05 February 2012

English

  • Español
  • English
  • Deutsch
  • French
  • Nederlands

Sociedades con Socios Extranjeros

[ Back ]

Sociedades con Socios Extranjeros

There are no translations available.

Los extranjeros pueden, sin ningún problema, crear sociedades en España, con las siguientes particularidades:

Los socios extranjeros que tengan permiso de residencia en vigor en España, constituyen las sociedades con los mismos trámites que los españoles.

Los socios extranjeros, comunitarios o no, sin permiso de residencia, tienen que enviar una transferencia a la cuenta de la sociedad española en constitución, y en el certificado bancario, tiene que constar que el desembolso de capital proviene del extranjero.

En la constitución de una sociedad, sea limitada o anónima, pueden haber españoles, socios extranjeros con permiso de residencia, socios extranjeros sin él, sociedades, etc., y entonces cada socio tiene que cumplir su propia normativa.

Por ejemplo, se constituye la sociedad "aquí hay de todo, s.l.", formada por:
  1. español que suscribe 2.000 euros.
  2. francés residente en Alemania, desembolsa 2.000 euros.
  3. turco residente en España, desembolsa 2.000 euros.
  4. hindú residente en la India, desembolsa 2.000 euros.

Los desembolsos se realizarían así:
  1.  El español ingresaría en la cuenta de la empresa "aquí hay de todo s.l.", los 2.000 euros en pesetas, es decir, 332.772 ptas., y en el certificado bancario indicaría que ha ingresado 2.000 euros.
  2.  El francés haría una transferencia desde Alemania, a la cuenta de la empresa "aquí hay de todo s.l." por 2.000 euros, ingresándolos en el banco alemán en marcos alemanes, y el banco alemán los transfiere en euros al banco español, y en el certificado bancario se indicaría que los 2000 euros provienen del exterior.
  3. El turco ingresaría en la cuenta de la empresa "aquí hay de todo s.l.", los 2.000 euros en pesetas, es decir, 332.772 ptas., y en el certificado bancario indicaría que ha ingresado 2.000 euros.
  4. El hindú haría una transferencia a la cuenta de la empresa "aquí hay de todo s.l." por 2.000 euros, ingresándolos en el banco del lugar donde residiese, en la moneda de ese país, y el banco de ese país transfiere los fondos banco español, y en el certificado bancario se indicaría que los 2000 euros provienen del exterior.

A continuación se constituye la sociedad con sus propias particularidades, y listo.

E-mail Print PDF